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Evaluación.

  • La evaluación del proceso de aprendizaje de los alumnos de la Educación Secundaria Obligatoria será continua, formativa e integradora.
  • Se establecerán las medidas más adecuadas para que las condiciones de realización de las evaluaciones se adapten a las necesidades de los alumnos con necesidades educativas especiales.
  • Con el fin de facilitar a los alumnos la recuperación de las materias con evaluación negativa se realizarán las oportunas pruebas extraordinarias y se podrán organizar programas de atención individualizada.

Promoción.

  • Los alumnos promocionarán de curso cuando hayan superado todas las materias cursadas o tengan evaluación negativa en dos materias como máximo, y repetirán curso cuando tengan evaluación negativa en tres o más materias, o en dos materias que sean Lengua Castellana y Literatura y Matemáticas de forma simultánea.
  • De forma excepcional, podrá autorizarse la promoción de un alumno con evaluación negativa en tres materias, o dos materias que sean Lengua Castellana y Literatura y Matemáticas de forma simultánea, cuando el equipo docente lo considere oportuno y con ello se beneficie la evolución académica del alumno.
  • Al final del curso se entregará a los padres o tutores legales un consejo orientador, que incluirá una propuesta del itinerario más adecuado a seguir, así como la identificación del grado de logro de los objetivos de la etapa y de adquisición de las competencias correspondientes que justifica la propuesta. Si se considerase necesario, el consejo orientador podrá incluir una recomendación sobre la incorporación a un programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento o a un ciclo de Formación Profesional Básica.